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FSV Construcción en Nuevos Terrenos (CNT)

A) Subsidio Diferenciado a la Localización

Financia la compra del terreno donde se construirá el proyecto, a fin de premiar una buena localización. También es posible habilitar el terreno, es decir, realizar obras que permitan hacerlo apto para la construcción de viviendas en él. 

El proyecto debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener como máximo 150 viviendas.
  • Estar en ciudades de 5 mil habitantes y más, en área urbana y en el territorio operacional de una empresa sanitaria (Coyhaique y Puerto Aysén)
  • Tener acceso directo a una vía pública de carácter local, servicios (establecimientos educacionales: pre-básica y básica y de salud primaria) y transporte público.
  • Al menos un 60% de los integrantes del grupo debe provenir de la agrupación de comunas donde está ubicado el terreno.
El monto de este subsidio se fija según un factor del avalúo fiscal de los terrenos y la densidad del conjunto habitacional, con un tope de 200 UF por vivienda. Para habilitar el terreno, debe presentarse proyecto y presupuesto de las obras a realizar. El subsidio para este fin no superará las 100 UF por familia. Con todo, la suma del subsidio diferenciado a la localización, obtenido para compra de terreno y habilitación, no debe superar las 200 UF.

Restricción: La vivienda construida no se puede vender durante 15 años, contados desde la fecha de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.

 
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Siguiente paso: Subsidio para equipamiento