Subsidio General Título I (D.S. 40)
B) Construcción – Autoconstrucción de Vivienda
- Para esta modalidad usted debe contar con un sitio inscrito a su nombre.
- Buscar un contratista o constructor, para la construcción de la vivienda.
- Confeccionar contrato de construcción.
- Se procede a Construir la vivienda.
- Después para el cobro del certificado de subsidio, se debe confeccionar la Escritura de Prohibición, para lo cual debe hacer llegar al SERVIU la siguiente Documentación:
ANTECEDENTES CONFECCION ESCRITURA DE PROHIBICION
AUTOCONSTRUCION - CONSTRUCCIÓN
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