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Subsidio General Título I (D.S. 40)

B) Construcción – Autoconstrucción de Vivienda

- Para esta modalidad usted debe contar con un sitio inscrito a su nombre.

- Buscar un contratista o constructor, para la construcción de la vivienda.

- Confeccionar contrato de construcción.

- Se procede a Construir la vivienda.

- Después para el cobro del certificado de subsidio, se debe confeccionar la Escritura de Prohibición, para lo cual debe hacer llegar al SERVIU la siguiente Documentación:

ANTECEDENTES CONFECCION ESCRITURA DE PROHIBICION
AUTOCONSTRUCION - CONSTRUCCIÓN

 
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