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Subsidio Leasing Habitacional - Ley N° 19.281

Procedimiento de Acceso

El interesado elige entre las distintas sociedades inmobiliarias que le ofrecen una vivienda adecuada a sus posibilidades y al aporte mensual que deberá pagar.

Una vez elegida la vivienda, y si califica para ser sujeto de un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa (contrato de leasing) conforme a los requisitos y condiciones exigidos por la sociedad inmobiliaria, se suscribe un contrato de arrendamiento que finaliza con promesa de compraventa de la vivienda elegida.

Una vez acordado el contrato, la Inmobiliaria reserva el subsidio en el SERVIU, presentando un certificado que indica que la operación está aprobada y que sólo falta la firma del contrato con promesa de compraventa o que se ha suscrito el contrato o que éste fue ingresado al Conservador de Bienes Raíces para las inscripciones que procedan. También puede efectuarse una reserva con contrato ya inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, caso en que se estudian los antecedentes para proceder a la asignación del subsidio.

Una vez firmado, el contrato ingresa al Conservador de Bienes Raíces para su inscripción.

La reserva del subsidio se mantiene vigente por 120 días, si se ha hecho con certificado emitido por la sociedad inmobiliaria, contrato suscrito o constancia de ingreso al Conservador de Bienes Raíces.

El SERVIU otorga el subsidio cuando la inmobiliaria entrega una copia autorizada de la escritura pública donde consta el contrato, con su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. El SERVIU revisa la escritura, la aprueba y en un plazo de 30 días asigna el subsidio.

 
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